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DICCIONARIO INMOBILIARIO
SALDO DEUDOR
Parte de la deuda no amortizada.
SANCIÓN ADMINISTRATIVA
Obligación pecuniaria o multa impuesta por una autoridad publica como sanción por el incumplimiento de una determinada norma.
SEDE SOCIAL
Derecho real de administrativo de adquisición a favor del expropiado, en cuya virtud al propietario que se privó de una finca por razones urbanísticas puede recobrar la propiedad, si no se realiza la ordenación urbana que justifique la privación.
SEGREGACIÓN DE FINCA
Separación de una parte de una finca, para formar por sí sola una independiente.
SEGURO DE AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMO
Póliza que garantiza en caso de fallecimiento o invalidez del prestatario el importe del préstamo de tal forma que el capital asegurado sirve para cancelar el préstamo. Eximiendo de responsabilidad al resto de los prestatarios o a los herederos del mismo y liberando la garantía de la finca en el caso de préstamos hipotecarios.
SEGURO DE DESGRÁVAMEN
Póliza que garantiza el importe de un préstamo, en caso de fallecimiento o invalidez del que a contraído la deuda. Dicho seguro exime de responsabilidad al resto de prestatarios o a los herederos del mismo. También libera la hipoteca en los casos de préstamo hipotecario.
SEGURO DE INCENDIOS
Seguro obligatorio en la viviendas hipotecadas. Su objetivo es asegurar, durante la vigencia de la hipoteca, los riesgos que puedan producirse en el continente de la vivienda hipotecada.
SEGURO DE INMUEBLE
Seguro que cubre el saldo deudor ante cualquier siniestro que sufra la propiedad.
SEGURO HIPOTECARIO
Seguro que cubre el posible impago de una determinada hipoteca.
SEGURO MULTIRIESGO DEL HOGAR
Póliza que cubre los posibles desperfectos que pueda sufrir una vivienda por distintas causas. En este caso de tener un préstamo con garantía hipotecaria sobre la vivienda, ésta debe estar cubierta por un seguro contra incendios por el valor de la construcción de la misma.
SEGURO VIDA DE AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS
Seguro de vida que garantiza, en caso de fallecimiento y, opcionalmente, invalidez absoluta y permanente del asegurado, la cancelación del préstamo.
SEÑAL O ARRAS
Importe anticipado de parte del precio de una compraventa del comprador al vendedor. Esta entrega a cuenta subraya la firmeza del contrato de compraventa. Si el comprador decide no comprar perderá la cantidad entregada, y si es el vendedor el que decide no consumar la compraventa, deberá devolver al comprador lo que éste le entregó anticipadamente más otra suma igual, si así se pacta.
SERVIDUMBRE
Carga o gravamen que se impone sobre un bien inmueble (predio sirviente) en beneficio de otro bien inmueble (predio dominante), de una persona o de una comunidad distinta del propietario.
SISTEMA FRANCÉS DE AMORTIZACIÓN
Sistema que consiste en amortizar un préstamo de forma que los desembolsos que se satisfagan en cada periodo sean constantes. Los periodos pueden ser anuales, semestrales, trimestrales o mensuales. Puesto que la cuota es fija y está compuesta de capital e interés, en las primeras se pagarán fundamentalmente intereses debido a que la deuda es mayor, mientras que en las últimas el componente más importante irá destinado a amortizar capital.
SITUACIÓN REGISTRAL
Estado o descripción actual de una finca en el Registro de la Propiedad, así como de sus cargas, gravámenes, limitaciones, etc.
SOCIEDAD DE TASACIÓN
Sociedad autorizada legalmente para la valoración de los precios máximo y mínimo de un bien mediante perito-tasadores (personal especializado).
SOCIEDAD PATRIMONIAL
Aquella sociedad constituida por bienes inmuebles que son propiedad de una unidad familiar.
SOLAR
Parcela urbana con característica particulares, definidas por la Ley de Suelo y las figuras de planeamiento que afecten al terreno.
SUBARRENDADOR
Persona que ocupa un inmueble como arrendatario y lo alquila a otra, con el consentimiento del propietario.
SUBARRENDAR
Acción de ceder la vivienda que se ocupa. Si el subarriendo es parcial implica la cesión de una parte de las habitaciones de la vivienda a un tercero, con derecho a uso de los servicios comunes de la casa o piso.
SUBARRENDATARIO
Persona que alquila un inmueble al arrendatario, y no a su propietario.
SUBASTA PÚBLICA
En caso de ejecución de una hipoteca, venta o enajenación de bienes que se adjudican al mejor postor de entre todos los que pujan en la misma. Pueden ser judiciales (por orden de un Juzgado o Tribunal) o extrajudiciales (ante notario).
SUBROGACIÓN
Acción por la que el comprador de una finca asume los derechos y obligaciones de otra persona por razón de un préstamo anteriormente concedido con una garantía de dicha finca. Es una acción muy habitual cuando se compra una vivienda nueva directamente al promotor de la misma, el cual ha obtenido un préstamo hipotecario para financiar su construcción. También se conoce como el hecho jurídico de sustitución del acreedor hipotecario, es decir, el caso en que el prestatario cambia su préstamo a otra entidad financiera que le mejora sus condiciones de tipo de interés.
SUBSIDIACIÓN
Cantidades abonadas por la Administración Pública a las Entidades Financieras, como parte del pago de intereses de los préstamos destinados a financiar compra de Viviendas de Protección Oficial.
SUBVALUACION
Valoración de un inmueble por debajo de su valor real.
SUBVENCIÓN
Cantidades abonadas a fondo perdido por la Administración Pública a los compradores de viviendas de Protección Oficial, como parte del pago de las mismas.
SUCESIÓN
Transmisión de los derechos de un fallecido cuando este no ha elaborado un testamento.
SUCESIÓN TESTADA
Transmisión de los derechos de un fallecido según lo establecido en su testamento.
SUELO DE NATURALEZA URBANA
Suelo que según la Ley reguladora de Haciendas Locales y la normativa técnica de valoración catastral, tiene consideración de suelo urbano a efectos del Impuestos de Bienes Inmuebles (IBI).
SUMISIÓN A FUERO
La competencia del tribunal que debe conocer de un proceso está prevista en la ley. Las normas legales que la regulan se aplican obligatoriamente, pero puede haber excepciones, y una de estas es la "sumisión a fuero". Consiste en la manifestación de voluntad de los contratantes en el sentido de que, para las desavenencias que surjan entre ellos, sea competente un determinado órgano jurisdiccional. En todo caso, la sumisión sólo es posible respecto a la competencia territorial -no cabe la jerárquica- y respecto de algunos de procedimientos judiciales.
SUPERFICIE CONSTRUIDA
Suma de las diferentes superficies contando el grosor de las paredes, y a veces los balcones, galerías y/o patios y los conductos de ventilación.
SUPERFICIE ÚTIL
Suma de las diferentes superficies de la vivienda sin tener en cuenta el grosor de las paredes. Tampoco se cuentan balcones o galerías.
SUSPENDER
Interrumpir temporalmente las condiciones de un determinado contrato.
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