Normas Legales - codigo | MantyObras Inmobiliaria
MantyObras S.A.C.
Normas
Rango de las hipotecas

CAPITULO SEGUNDO - Rango de las hipotecas

Articulo 1112º.- Preferencia de hipotecas

Articulo 1113º.- Hipotecas ulteriores

Articulo 1114º.- Cesión de rango preferente
 


Articulo 1112º.- Preferencia de hipotecas
Las hipotecas tendrán preferencia por razón de su antigüedad conforme a la fecha de registro, salvo cuando se ceda su rango.
 

Ir al menú

Articulo 1113º.- Hipotecas ulteriores
No se puede renunciar a la facultad de gravar el bien con segunda y ulteriores hipotecas.

Ir al menú


Articulo 1114º.- Cesión de rango preferente
El acreedor preferente puede ceder su rango a otro acreedor hipotecario. Para que la cesión produzca efecto contra el deudor se requiere que este la acepte o que le sea comunicada fehacientemente
 

Ir al menú



Regresar
""""""""""""""""█████ Gracias una vez más por visitarnos, toda comunicación favor hacerla en contáctenos █████""""""""""""""""
Ud. es el visitante Nº: 5466012