Normas Legales - codigo | MantyObras Inmobiliaria
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Normas
Hipotecas legales

CAPITULO QUINTO - Hipotecas legales

Articulo 1118º.- Hipotecas legales

Articulo 1119º.- Constitución e inscripción de hipoteca legal

Articulo 1120º.- Renuncia y cesión de rango

Articulo 1121º.- Normas aplicables a la hipoteca legal
 

CAPITULO SEXTO - Extinción de la hipoteca

Articulo 1122º.- Causas de extinción de la hipoteca


 

Articulo 1118º.- Hipotecas legales
Además de las hipotecas legales establecidas en otras leyes, se reconocen las siguientes:
1.- La del inmueble enajenado sin que su precio haya sido pagado totalmente o lo haya sido con dinero de un tercero.
2.- La del inmueble para cuya fabricación o reparación se haya proporcionado trabajo o materiales por el contratista y por el monto que el comitente se haya obligado a pagarle.
3.- La de los inmuebles adquiridos en una partición con la obligación de hacer amortizaciones en dinero a otros de los copropietarios.

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Articulo 1119º.- Constitución e inscripción de hipoteca legal
Las hipotecas legales a que se refiere el artículo 1118 se constituyen de pleno derecho y se inscriben de oficio, bajo responsabilidad del registrador, simultáneamente con los contratos de los cuales emanan.
En los demás casos, el derecho del acreedor surge de la inscripción de las hipotecas legales en el registro. Las personas en cuyo favor se reconocen dichas hipotecas, pueden exigir el otorgamiento de los instrumentos necesarios para su inscripción.

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Articulo 1120º.- Renuncia y cesión de rango
Las hipotecas legales son renunciables y también puede cederse su rango respecto a otras hipotecas legales y convencionales.
La renuncia y la cesión pueden hacerse antelada y unilateralmente.

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Articulo 1121º.- Normas aplicables a la hipoteca legal
Las reglas de los artículos 1097 a 1117 y 1122 rigen para las hipotecas legales en cuanto sean aplicables.

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CAPITULO SEXTO - Extinción de la hipoteca


Articulo 1122º.- Causas de extinción de la hipoteca

La hipoteca se acaba por:

1.- Extinción de la obligación que garantiza.
2.- Anulación, rescisión o resolución de dicha obligación.
3.- Renuncia escrita del acreedor.
4.- Destrucción total del inmueble.
5.- Consolidación.
 

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